Tema 6: Reformismo Borbónico

EBAU : EL REFORMISMO BORBÓNICO
INTRODUCCIÓN
Tras la muerte sin descendencia de Carlos II, el último monarca de los Austrias, accedió al trono español Felipe de Anjou, y con él se inició la dinastía de los Borbones. Con la nueva dinastía penetró con fuerza en España la influencia política y cultural francesa. Durante el siglo XVIII, el modelo de monarquía absoluta logró imponerse sobre los intereses de los diferentes reinos peninsulares. Para ello, la nueva dinastía borbónica emprendió un amplio programa de reformas encaminadas a reforzar el poder, el prestigio y la riqueza de los monarcas, los cuales se apoyaron también en el movimiento cultural de la Ilustración.
DESARROLLO
La reorganización político-administrativa del nuevo Estado fue obra de los tres primeros Borbones (Felipe V, Fernando VI y Carlos III), que establecieron una monarquía fuerte, centralista y unificada, según el modelo francés.
Una de las primeras medidas y, sin duda, la de mayor trascendencia fue la unificación jurídica e institucional de España. La España preborbónica se asentaba en el concepto de Imperio como conglomerado de reinos: cada uno de los reinos hispánicos tenía una estructura económica y política, su legislación propia, sus lenguas y costumbres. Felipe V, que conocía la obra de Luis XIV y las dificultades de sus intentos de centralización, se amparó en la rebelión de la Corona de Aragón haciendo uso de "el justo derecho de conquista" para imponer los Decretos de Nueva Planta. Su objetivo era crear un Estado centralizado, fuerte y unido, y para ello extendió al resto de los reinos españoles la organización castellana. A nivel político desaparecieron las Cortes de la antigua Corona de Aragón; Felipe V las integró en un único organismo, Cortes Generales del Reino, quedando su papel reducido prácticamente a la nada.
En 1707, tras la victoria obtenida en la Batalla de Almansa, se publicó el primer decreto que afectaba a Aragón y Valencia, y que iba a sentar las bases de los restantes. El segundo Decreto apareció en 1716 para Cataluña. Las Baleares también se vieron afectadas por la Nueva Planta, aunque de manera más leve, y sólo los navarros y vascos conservaron sus fueros tradicionales, por su fidelidad al bando borbónico durante la Guerra de Sucesión.
Administración central. El objetivo de Felipe V era sustituir el sistema polisinodial por una administración centralizada. Las Secretarías recogieron las funciones de los Consejos. En 1707 fueron suprimidos los Consejos de Flandes, Italia y Aragón, mientras que consejos como el de Hacienda, Guerra, Estado, Inquisición e Indias perdieron muchas de sus atribuciones. El único consejo robustecido fue el Consejo de Castilla, que quedó como una especie de Ministerio de Interior. En 1705 la Secretaría fue dividida en dos y en 1714 se le añadieron dos más: Estado, Guerra, Gracia y Justicia y Marina e Indias; en 1721 el Intendente General de Hacienda pasó a convertirse en Secretario de Hacienda. Cada Secretaría estaba dirigida por un ministro o secretario, elegido por el Rey. Con Carlos III el Ministerio de Indias se subdividió en dos, con lo que se pasó a contar con siete ministerios: «Estado», «Gracia y Justicia de España», «Marina», «Guerra», «Hacienda», «Gracia y Justicia de Indias» y «Comercio y Navegación de Indias».
Administración territorial. Los virreinatos de Aragón, Valencia, Mallorca y Cataluña se convirtieron en Capitanías Generales dirigidas por un Capitán General, que ejercía su autoridad en las Audiencias. Para la administración provincial fueron creadas las Intendencias —y con ellas la figura del Intendente—, institución de origen francés. Tenían funciones militares, hacendísticas, en materia de justicia, policía y obras públicas. El Intendente era un puente entre el Consejo de Castilla y los poderes locales, y eran reclutados por el Rey a través de sus secretarios. La creación de las intendencias contribuyó a la división administrativa de España en provincias, así pues, aparece la primera división provincial moderna con 32 provincias, siendo cada una el ámbito de una intendencia.
Administración local. Se intentó adaptar el sistema municipal de la Corona de Aragón
—fundamentado en los Consells— al sistema castellano basado en los Corregimientos; al frente de ellos estaba el Corregidor —representante del poder real que presidía el Ayuntamiento—, acompañado por otros funcionarios como los regidores, que sustituían a los Consellers; los Alcaldes sustituyeron también a los Justicias. Carlos III dio un nuevo impulso a la reforma de la administración local, que fue proyectada por Campomanes en 1766 y materializada mediante el Decreto del 5 de mayo, que preveía la presencia de representantes del pueblo elegidos por todo el pueblo, cuatro en las grandes ciudades y dos en los municipios inferiores a 2.000 habitantes.
La Hacienda. En materia hacendística Felipe V pretendía dos objetivos: contrarrestar el desigual pago con que Castilla y Aragón contribuían al Erario Público y obtener mayores ingresos. Para ello, dentro de la reforma de la Nueva Planta, estableció nuevos impuestos llamados el "catastro" en Cataluña, el "equivalente" en Valencia, la "contribución real" en Aragón y la "talla" en Mallorca. Los resultados de la reforma de la Hacienda con Felipe V fueron buenos, y el 10 octubre de 1749 durante el reinado de Fernando VI, Ensenada decidió dar un paso adelante y promulgó una Real Cédula que aprobaba el Decreto de Única Contribución. Con él se pretendía reducir a una sola contribución los impuestos personales y las llamadas rentas provinciales (alcabala, cientos y millones), contribuyendo cada persona en proporción a sus recursos; con ella la nobleza y el clero perdían su inmunidad fiscal. Para conocer los recursos de sus habitantes puso en marcha el Catastro de la Corona de Castilla. Para apoyar la reforma hacendística se creó una especie de banco estatal, llamado Real Giro, con sede en Madrid, que se encargaba de hacer las transferencias fuera de España. Sin embargo, una serie de protestas propiciaron la caída de Ensenada del poder y con él paralizaron el proyecto de Única Contribución y el Real Giro. En 1760 las finanzas locales quedaron subordinadas a las decisiones del Estado. A partir de 1780, con Carlos III, se recurrió al viejo sistema de emitir deuda pública para buscar ingresos extraordinarios, pero con una novedad: las casas de comercio prestaron a la Corona una cierta cantidad de dinero al 4% de interés anual y, a cambio, recibieron unos vales reales, que podían ser conservados hasta la devolución de su importe o utilizados como medio de pago, como si se tratase de dinero auténtico. Los vales reales fueron, por tanto, un precedente del papel moneda actual, aunque su elevada cuantía los hacía inservibles para el comercio al por menor.
Reforma del ejército y de la armada. En 1704 el nuevo monarca inició la reforma del ejército: se impuso el reclutamiento militar obligatorio para hombres entre 18 y 30 años, se sustituyeron los Tercios por Regimientos al frente de los cuales estaba un coronel; los coroneles eran elegidos por el Rey, mientras que los oficiales se elegían entre los caballeros y aquellos que vivieran noblemente, y los sargentos eran elegidos entre el pueblo llano. Hubo otra reforma en 1734 por la cual el reclutamiento forzoso se haría sólo cuando el ejército no se cubriese con voluntarios. En 1770 se implantaron las quintas reales. Carlos III también trató de modernizar el ejército, y para ello tomó como modelo Prusia.
El control sobre la Iglesia. Los Borbones también aplicaron en España el regalismo, doctrina jurídica que propugnaba la superioridad del rey sobre la Iglesia en cualquier ámbito que no fuera la pura doctrina religiosa. En el s.XVIII las relaciones con la Santa Sede entraron en una fase de fricciones por el apoyo papal al candidato austriaco en la Guerra de Sucesión. Tras largas y complejas negociaciones, en España la situación se normalizó con la firma del Concordato de 1753, por el que el Papa concedió a la monarquía el derecho de patronato universal sobre la Iglesia española, es decir, el derecho de la Corona a nombrar a los cargos eclesiásticos.
Reformas administrativas en América. En la Península, las dos instituciones con competencias en asuntos americanos en tiempos de los Austrias (el Consejo de Indias y la Casa de Contratación) fueron quedando obsoletas a raíz de las reformas políticas y económicas llevadas a cabo. En cuanto a la administración en América, las novedades introducidas por los Borbones fueron: la creación de dos nuevos virreinatos (Nueva Granada al norte, y Río de la Plata al sur); el establecimiento de intendencias, con las mismas atribuciones que en las peninsulares; y la organización de un ejército regular americano.
CONCLUSIÓN 
Las transformaciones políticas de los Borbones a lo largo del siglo XVIII permitieron una cierta recuperación de los males acontecidos durante la Guerra de Sucesión, aunque no por ello España dejó de ser un estado satélite de Francia en política internacional (pactos de familia). Estas reformas contribuyeron a crear una imagen de nuestro país que perdura en la actualidad, la idea de Estado centralizado, dividido en provincias, con una fiscalidad relativamente moderna.


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